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Los estudiantes que reciben servicios de educación especial recibir ciertas protecciones bajo la Individuos con Discapacidades de Mejoramiento de la Educación (IDEA). Ciertos procedimientos y normas deben seguirse cuando se trata de niños que reciben servicios de educación especial.

El concepto detrás de estas protecciones es que garantizar que todos los estudiantes reciben una libre y la educación pública y que los funcionarios de la escuela no puede utilizar la disciplina como medio para limitar o prohibir los estudiantes de recibir una educación.

Las leyes no están diseñadas para proteger a los estudiantes discapacitados de ser disciplinado. Si un comportamiento no está relacionado con su discapacidad, puedan recibir la misma disciplina que cualquier otro estudiante recibiría. Sin embargo, si un comportamiento está relacionado con su discapacidad, los procedimientos deben seguirse para asegurar que el problema se está abordando.

  1. Un niño con una discapacidad no puede ser suspendido por más de diez días para cualquier comportamiento, ya que se considera un cambio de colocación. Esto incluye reiteradas violaciónes de la misma norma.

  2. Antes de que una escuela puede recomendar un cambio de colocación, un Plan de Educación Individualizada (IEP) el equipo debe reunirse y determinar si la conducta es una manifestación de la discapacidad del niño.
  3. Un estudiante discapacitado no puede ser expulsado o recibir una suspensión de largo plazo para que cualquier comportamiento es una manifestación de su discapacidad.
  4. Los oficiales de la escuela puede recomendar un cambio de colocación (escuela alternativa) de hasta 45 días en un momento si las armas o de drogas ilegales se trate o si es probable que el estudiante se causa daño a él mismo o los demás. Los padres no tienen que ponerse de acuerdo para que este cambio en la ubicación que tendrá lugar, pero están autorizados a presentar una apelación.
  5. Un plan de intervención conductual (BIP) debe ser creado para hacer frente a cualquier comportamientos perturbadores que son el resultado de la incapacidad del estudiante. Esto sólo puede hacerse después de una evaluación de comportamiento funcional se realiza
  6. Si se determina por el equipo del IEP que el comportamiento no es un resultado de la incapacidad del estudiante, él o ella puede ser disciplinado como cualquier otro estudiante. Durante cualquier suspensión o expulsión periodo que es más de diez días, el estudiante debe seguir recibiendo una educación pública apropiada y gratuita. El equipo de IEP determinará lo que se considera adecuado para ese estudiante.

Esencialmente, estas protecciones existen para garantizar que los estudiantes no son castigados por su discapacidad. No darles rienda suelta a comportarse como lo desean. Por el contrario, ayuda a identificar los comportamientos perturbadores que son o no son causadas por la discapacidad y se asegura de que ambos se tratan en consecuencia.

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